Nota informativa sobre los estados financieros consolidados de Sivensa al 31 de marzo de 2015

Abr 30, 2015 | Comunicados

Señores accionistas:

Informamos que, en esta oportunidad, nos vemos imposibilitados de preparar y presentar los estados financieros consolidados de Sivensa ajustados por inflación al 31 de marzo de 2015, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), que son de obligatoria aplicación para las entidades reguladas por la Superintendencia Nacional de Valores (SNV) y, por ende, de efectuar y publicar el análisis de los resultados consolidados de Sivensa correspondientes al trimestre finalizado en dicha fecha, debido a que el Banco Central de Venezuela (BCV) no ha publicado, a la fecha de esta carta, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2015. En este sentido, comunicamos que en aplicación de dichas normas, específicamente la Norma Internacional de Contabilidad N°29 (NIC 29), requiere que se ajusten por inflación los estados financieros de ciertas entidades, y para ello exige el uso de un índice general de precios que refleje los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda. El INPC es el índice general de precios utilizado en Venezuela para la reexpresión de los estados financieros, por lo tanto, dicho índice es necesario para la preparación y presentación de los estados financieros ajustados por inflación en Venezuela.

Como informamos en el anterior informe trimestral publicado el 30 de enero de 2015, el Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, en su sesión extraordinaria del 25 de diciembre de 2014 indicó que debido a que la publicación del INPC presenta un rezago, las compañías que requirieran emitir información financiera de propósitos generales de cierre de ejercicio o periodos intermedios, deberán estimar el impacto de la inflación sobre la situación financiera y el resultado de sus operaciones a la fecha que informan. Sin embargo, en dicho comunicado también se indica que el proceso de estimación razonable implica la utilización de juicios basados en la información fiable disponible más reciente, por lo que cada entidad deberá evaluar dentro de este contexto, la base que utilizará para la mejor estimación que requiera determinar, considerando que la información financiera que se presente debe cumplir entre otras, con la característica de la fiabilidad.

Tomando en cuenta lo indicado en el párrafo anterior y que el último INPC publicado por el BCV a la fecha de esta carta es el correspondiente al mes de diciembre de 2014, la gerencia considera prudente: i) no realizar la estimación del INPC correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2015, toda vez que esto implicaría la estimación de todos los índices de inflación del trimestre a reportar y; ii) diferir la emisión y publicación de los estados financieros consolidados de Sivensa ajustados por inflación al 31 de marzo de 2015 y el análisis de los resultados consolidados de Sivensa correspondientes al trimestre finalizado en dicha fecha, hasta tanto el BCV publique el INPC de los meses de enero, febrero y marzo de 2015.

Caracas, 30 de abril de 2015.

LA JUNTA DIRECTIVA